Preguntas Frecuentes
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¿Cómo se constituye una empresa en el Perú?
Los principales pasos para la constitución de empresas se encuentran en el siguiente enlace.
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¿Cuáles son las modalidades societarias más utilizadas?
Las modalidades societarias más utilizadas en el Perú y sus principales características las puede encontrar en el siguiente enlace.
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¿La oficina de representación es una modalidad societaria en el Perú?
No, en nuestro marco legal no se regula a la oficina de representación como una modalidad societaria y no hay una regulación específica respecto a cómo se "constituye o establece" una oficina de representación en el Perú. En ese sentido, se entiende que la figura implicaría únicamente que la empresa extranjera nombre a un representante para que ingrese al país a realizar actividades de carácter preparatorio o auxiliar al negocio de la empresa.
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¿Existen limitaciones a la contratación de trabajadores extranjeros en una empresa?
Las empresas pueden contratar personal extranjero en una proporción de hasta 20% del número total de sus servidores, empleados y obreros. Asimismo, sus remuneraciones no podrán exceder del 30% del total de la planilla de sueldos y salarios. El empleador puede solicitar exoneración de los porcentajes limitativos antes referidos, cuando se trate de personal profesional o técnico especializado, así como cuando se trate de personal de dirección y/o gerencial de una nueva actividad empresarial, entre otros casos establecidos en el Decreto Legislativo N° 689, Ley de Contratación de Extranjeros.
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¿Qué documentos debo presentar ante PROINVERSIÓN para suscribir un Convenio de Estabilidad Jurídica?
Los documentos que deben presentarse para la suscripción de Convenios de Estabilidad Jurídica se encuentran en el siguiente enlace.
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¿Existe algún límite para la repatriación de capitales?
No, el Artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 662 establece que los inversionistas extranjeros pueden remesar en moneda libremente convertible, sin autorización previa de ninguna autoridad del gobierno Central u organismos públicos descentralizados, Gobiernos Regionales o Gobiernos Municipales, previo pago de los impuestos de ley, el íntegro de sus capitales provenientes de sus inversiones, incluyendo la venta de acciones, participaciones o derechos, reducción de capital o liquidación parcial o total de empresas; y, el íntegro de los dividendos o las utilidades netas comprobadas provenientes de su inversión así como las contraprestaciones por el uso o disfrute de bienes ubicados físicamente en el país, registrada ante el organismo nacional competente.
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¿Existen restricciones a la propiedad para los inversionistas extranjeros?
El Artículo 71 de la Constitución Política del Perú establece que, en cuanto a la propiedad, los extranjeros, sean personas naturales o jurídicas, están en la misma condición que los peruanos. Sin embargo, dentro de los 50 kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer, por título alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, el derecho así adquirido. Se exceptúa el caso de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por Consejo de Ministros conforme a ley.
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¿Los inversionistas extranjeros tienen libre acceso a todos los sectores económicos?
El artículo 6 del Decreto Supremo N° 162-92-EF establece que los inversionistas extranjeros pueden realizar cualquier actividad económica de su preferencia, siempre que la misma no esté tipificada como delito, y para lo cual reúnan los requisitos fijados por la Constitución, los tratados y las leyes. Se encuentran exceptuados de este precepto las reservas referidas a áreas naturales protegidas y la fabricación de armas de guerra, según lo dispuesto en el Artículo 6 del Decreto Legislativo N° 757. Muy pocas actividades presentan restricciones a la inversión extranjera. Por ejemplo, encontramos algunas restricciones en transporte aéreo, transporte marítimo, seguridad y vigilancia privada.
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¿Cuáles son las principales normas legales relacionadas con el tratamiento a la inversión extranjera en el Perú?
Las principales normas legales relacionadas con el tratamiento a la inversión extranjera en el Perú son el Decreto legislativo N° 662, que Aprueba el Régimen de Estabilidad Jurídica a la Inversión Extranjera, el Decreto Legislativo N° 757 que Aprueba la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada y el Decreto Supremo N° 162-92-EF que Aprueba el Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión Privada. Adicionalmente, en la barra superior, sección NORMAS LEGALES podrá revisar todas las normas relacionadas con ProInversión.
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¿Un inversionista extranjero requiere de alguna autorización específica para invertir en el Perú?
Los inversionistas nacionales y extranjeros no necesitan ninguna autorización previa para establecer sus inversiones en el Perú. Sin embargo, una vez efectuada la inversión, el inversionista extranjero debe registrar dicha inversión ante PROINVERSIÓN.
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¿Cuáles son las principales tasas arancelarias en el Perú?
El Perú tiene tres niveles arancelarios de 0%, 6% y 11% con un promedio arancelario nominal de 3.2. Para mayor información puede revisar el siguiente enlace.
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¿Cuáles son los principales tributos a cargo de las empresas nacionales y extranjeras?
Los principales tributos a cargo de las empresas nacionales y extranjeras los puede encontrar en el siguiente enlace.
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¿Cómo se registra la inversión ante PROINVERSIÓN?
Los pasos que deben seguirse para el registro de la inversión se encuentran en el siguiente enlace.
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¿Qué derechos otorga al inversionista extranjero el registro de su inversión ante PROINVERSIÓN?
El registro de la inversión otorga al inversionista extranjero el derecho a transferir al exterior, en divisas libremente convertibles, sin autorización previa de ninguna autoridad del Gobierno Central u organismos públicos descentralizados, el íntegro de sus capitales provenientes de inversiones, dividendos o utilidades, etc; así como, el derecho a utilizar el tipo de cambio compra/venta más favorable al momento de efectuar una operación cambiaria.
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¿Qué servicios brinda PROINVERSIÓN a los inversionistas nacionales y extranjeros?
PROINVERSIÓN brinda a los potenciales inversionistas servicios de orientación sobre el marco legal de inversiones en el país, respecto a temas generales sobre asuntos migratorios, laborales, tributarios, entre otros, que puedan guiar al inversionista para su establecimiento en el Perú. Asimismo, en la medida de su disponibilidad, PROINVERSIÓN brinda información de carácter sectorial y orienta al inversionista en la gestión de trámites y actividades necesarias para materializar proyectos de inversión en el ámbito de su competencia. Finalmente, PROINVERSIÓN se encarga de registrar la inversión extranjera que ingresa al país y de realizar los trámites para la suscripción de Convenios de Estabilidad Jurídica y Contratos de Inversión para acogerse al régimen de recuperación anticipada de IGV.
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¿Puedo suscribir los documentos de constitución de empresa con visa de turista?
No, pero si ha ingresado al Perú con visa de turista y requiere suscribir los documentos para constituir una empresa o establecer una sucursal en el país puede solicitar un Permiso Especial para firmar contratos. Los requisitos para solicitar dicho permiso se encuentran en el siguiente enlace de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
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¿Qué tipo de visa necesito para suscribir los documentos de constitución de empresa en Perú?
A efectos de suscribir los documentos necesarios para la constitución de empresas y/o establecimiento de sucursales en el Perú requiere contar, por lo menos, con una visa de negocios, la misma que se obtiene en el consulado del Perú en la ciudad en donde se encuentre el extranjero.
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¿Dónde se realizan los trámites en materia de migraciones en el Perú?
Los trámites en materia de migraciones que requiere efectuar un extranjero que tenga interés en permanecer en el país a desarrollar actividades distintas al turismo se realizan en el local de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (organismo adscrito al Ministerio del Interior). El enlace es el siguiente.