SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE APROBÓ EL ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV

Las condiciones del Compromiso de Inversión contenidas en la Resolución Ministerial que aprobó la calificación para el goce del Régimen deben ser objeto de modificación cuando se requiera establecer un monto o un lazo mayor al inicialmente comprometido.

DOCUMENTOS A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

Una solicitud, utilizando el Formulario contenido en el Anexo A del Reglamento, debidamente fundamentado, dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista. La solicitud tiene carácter de declaración jurada y se deberá anexar lo siguiente:

Cronograma de ejecución propuesto requerido para el Proyecto, con la identificación de las etapas, tramos o similares; y, el período de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando la cantidad, volumen y características de dichos conceptos. El cronograma de ejecución propuesto debe encontrarse detallado en forma mensual y ajustados sin decimales. Asimismo, deberá presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel
 
Copia simple de la Adenda del Contrato Sectorial o modificación de la autorización del Sector, o de la aceptación del Sector de la causal de fuerza mayor o caso fortuito, o en sus defecto, copia de la correspondiente solicitud de trámite, en los casos que correspondan.
Poder que acredite la capacidad del representante legal del Beneficiario.
En aquellos casos en que conjuntamente con la solicitud para la suscripción de la modificación de la Resolución Ministerial se solicite la modificación de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción, se deberá presentar adicionalmente a los documentos antes señalados la nueva lista propuesta de bienes de capital y bienes intermedios, indicando la subpartida nacional vigente y su correlación con la Clasificación según Uso o Destino Económico (CUODE) en cada caso, según los códigos que se señalan en el Anexo 1 del Reglamento; así como la nueva lista de servicios y de contratos de construcción indicando los Códigos de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIUU) a la que corresponden, según los códigos que se señalan en el Anexo 2 del Reglamento; sustentando de manera expresa que son necesarios y que se encuentran vinculados directamente en la ejecución del Proyecto. Las listas deberán presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel. Para estos efectos, el Ministerio de Economía y Finanzas recomienda revisar las Notas Explicativas de la CIUU Revisión 4.
 

Si se presentan copias fotostáticas de los documentos solicitados, estas deberán ser legalizadas por un Notario Público o certificadas por el Fedatario de PROINVERSIÓN.

FLUJOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO