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PERÚ: UNA PLAZA QUE GARANTIZA LA INVERSIÓN PRIVADA EXTRANJERA

Lima, 18 de mayo de 2022.- La reactivación de la economía peruana en la etapa pos-COVID es una clara evidencia de que Perú es una plaza de las más resilientes de la región Sudamericana a las crisis de carácter regional o global.

En efecto, tras haber caído 11.1% en 2020, debido a la pandemia, reportó un rebote de 13.3% en 2021, y se prevé que crezca 3.4% en el presente año, según proyecciones del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

Similar fortaleza mostró el Perú en las últimas dos décadas ante las crisis económicas originadas por factores externos -crisis asiática a inicios del nuevo siglo y crisis financiera internacional en 2007 – 2008 (cuando, a diferencia de la mayoría de los países de la región, siguió creciendo)- evidenciando su solidez y consistencia, respaldado por políticas fiscales y monetarias responsables, y un marco legal que promueve la inversión privada en todos los ámbitos de la economía.

En este proceso, la inversión privada, nacional o extranjera, jugó un rol importante porque es el principal impulsor de nuestro crecimiento y desarrollo debido a que representa aproximadamente el 78% de la inversión total, según cifras del BCRP.

Precisamente, el crecimiento sostenido de la inversión privada nacional y extranjera, ha sido posible en gran medida a que el Perú estableció en las últimas tres (3) décadas mecanismos y candados que garantizan al inversionista un entorno seguro y predecible para sus inversiones.

La propia Constitución Política del Perú (1993), contiene normas que consagran principios esenciales para garantizar un marco jurídico favorable a la inversión privada en general y a la inversión extranjera en particular, siendo un principio fundamental el de igualdad en el trato para la inversión nacional y extranjera. 

En este marco, Perú ha aprobado un conjunto de normas que precisan y favorecen el tratamiento de la inversión privada, siendo los más importantes el Decreto Legislativo N° 662, que Aprueba el Régimen de Estabilidad Jurídica a la Inversión Extranjera; el Decreto Legislativo N° 757, que aprueba la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada; y Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión Privada aprobado por el Decreto Supremo 162-92-EF.

¿CUÁL ES LA IMPORTANCIA DE ESTAS NORMAS?

Establecen los derechos básicos del inversionista extranjero, las modalidades de inversión extranjera, el libre acceso a los sectores económicos, el derecho de propiedad, y las libertades de organización y el desarrollo de actividades. Todo ello, con el propósito de promover, facilitar y salvaguardar la inversión privada, y en particular la extrajera.

De esta forma, por ejemplo, sobre los derechos básicos del inversionista extranjero, Perú establece lo siguiente:

  Derecho de recibir un trato no discriminatorio frente al inversionista nacional.
  Tiene libertad de comercio e industria, y la libertad de exportación e importación.
  Derecho de remesar libremente al exterior las utilidades o dividendos previo pago de los impuestos que le correspondan.
  Garantía a la libre tenencia y disposición de moneda extranjera.
  Tiene derecho a utilizar el tipo de cambio más favorable existente en el mercado. 
  Derecho a la libre reexportación del capital invertido.
  Libertad para adquirir acciones de propiedad de inversionistas nacionales.
  Posibilidad de contratar en el exterior, seguros para su inversión.
  Posibilidad de suscribir con el Estado Convenios de Estabilidad Jurídica, para su inversión en el país.
 

Asimismo, sobre las modalidades de inversión extranjera, las normas señalan que la inversión extranjera se puede realizar libremente en cualquiera de las formas empresariales reconocidas por la ley, como por ejemplo, la Inversión Extranjera Directa (como aporte al capital social), aportes para el desarrollo de joint-ventures contractuales, inversiones en bienes y propiedades ubicados dentro del territorio nacional, inversiones en cartera, etc.

Igualmente, los inversionistas extranjeros tienen libre acceso para invertir en la gran mayoría de actividades económicas y no requieren de autorización previa. Son muy pocas las actividades que presentan restricciones a la inversión extranjera, como el transporte aéreo, el transporte marítimo, la seguridad y vigilancia privada, la inversión en zonas naturales protegidas y la fabricación de armas de guerra.

 

SE GARANTIZA DERECHO DE PROPIEDAD

De igual modo, de acuerdo con la Constitución Política del Perú, el derecho de propiedad es inviolable, salvo casos excepcionales en que se permite la expropiación previo pago de una indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio.

Un tema relevante que la legislación nacional contempla es que toda empresa tiene derecho a organizar y desarrollar sus actividades en la forma que considere conveniente. Se ha derogado toda disposición legal que fije modalidades de producción o índices de productividad, que prohíba u obligue a la utilización de insumos o procesos tecnológicos y, en general, intervenga en los procesos productivos de las empresas; salvo las disposiciones legales referidas a la higiene y seguridad industrial, la conservación del medio ambiente y la salud.

Todos estos candados legales, y otros, permiten a Perú posicionar como una plaza predecible y segura para la inversión privada y extranjera. Adicionalmente, la mayoría de los acuerdos comerciales suscritos por Perú -el país mantiene una activa política de integración comercial con el mundo- incorporan, además de los temas de acceso a nuevos mercados, otros aspectos normativos relacionados al comercio, entre ellos el de inversión, que tiene como fin garantizar y reforzar un clima estable y previsible para las inversiones; es importante señalar que el Perú es miembro fundador de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y miembro pleno del Foro de Cooperación Económica Asía Pacifico (APEC), este último conformado por 21 economías.

MECANISMOS DE FACILITACIÓN

De otro lado, además del marco normativo general, el Perú pone a disposición de los inversionistas extranjeros todo un conjunto de mecanismos de facilitación de la inversión privada, siendo los más importantes:

  Convenios de Estabilidad Jurídica.
  Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV o IVA.
  Régimen de Reintegro Tributario.
 

En ese sentido, Perú es una plaza seria, sostenible, predecible y segura para sus posibilidades de PROINVERSIÓN.

Podrá haber ruidos políticos, crisis económicas externas, pero el país siempre ha enfrentado con creces todos los desafíos en las últimas tres décadas, y ha avanzado sólido. ¡Bienvenidos todos!

HERRAMIENTAS QUE PROMUEVEN LA INVERSIÓN PRIVADA EN PERÚ

Fuente: Nota de Prensa - PROINVERSIÓN