Incentivos a la inversión privada
Incentivos a la inversión privada
Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (RERAIGV)
Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (RERAIGV)
Descripción
Consiste en la devolución del Impuesto General a la Ventas (IGV), también llamado Impuesto al Valor agregado (IVA) trasladado o pagado en las operaciones de importación y/o adquisición local de bienes intermedios, bienes de capital, servicios y contratos de construcción que se utilicen directamente en la ejecución del Compromiso de Inversión de un Proyecto, siempre que éste se encuentre en una etapa preproductiva igual o mayor a dos años.
REQUISITOS
- Realizar un Proyecto en cualquier sector de la actividad económica que genere renta de tercera categoría.
- El Proyecto debe tener un compromiso de inversión2 no menor a US$ 5 000 000.00 (Cinco Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir IGV, incluyendo la sumatoria de todos los tramos, etapas o similares, si los hubiera. (A excepción del sector agricultura, que no cuenta con un monto mínimo de inversión).
- El Proyecto debe contar con una etapa preproductiva igual o mayor a dos años, contados a partir de la fecha de inicio del cronograma de inversiones.
BENEFICIOS DEL RÉGIMEN
- Genera liquidez al inversionista aliviando su costo financiero.
- Dinamiza la economía al promover el desarrollo de nuevas inversiones (creación de empleos y la proyección de ingresos fiscales).
GLOSARIO A TENER EN CUENTA
PROYECTO
Obra o actividad económica que se compromete a realizar el Beneficiario.
BENEFICIARIO
Persona natural o jurídica que se encuentra en la etapa pre productiva de un proyecto y cuenta con la Resolución Ministerial que lo califique para el goce del Régimen.
COMPROMISO DE INVERSIÓN
Monto de inversión a ser ejecutado a partir de la fecha de la solicitud de acogimiento al Régimen. En el caso que, a dicha fecha, la etapa pre productiva del Proyecto se hubiera iniciado; o a partir de la fecha de inicio de dicha etapa contenida en el cronograma de inversión del Proyecto, en caso que éste se inicie con posterioridad a la fecha de solicitud.
ETAPA PREOPERATIVA
En el caso de proyectos que se sustenten en contratos sectoriales período comprendido desde la fecha de suscripción del contrato o convenio con el Estado u otorgamiento de autorización conforme a las normas sectoriales hasta la fecha anterior al inicio de operaciones productivas.
En el caso de proyectos particulares, período comprendido desde la fecha de inicio del cronograma de inversiones; hasta la fecha anterior al inicio de operaciones productivas.
SECTOR
Entidad del gobierno central, regional o local que en el marco de sus competencias es la encargada de celebrar y suscribir, en representación del gobierno central, regional o local, contrato o convenios u otorgar autorizaciones para la concesión, o ejecución de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás opciones de desarrollo.
Si no resultara de aplicación la suscripción de contratos o convenios u otorgamiento de autorizaciones, se considerará sector a la entidad del gobierno central que ejerza el control de la actividad económica a que se refiere el Proyecto.
INICIO DE OPERACIONES PRODUCTIVAS
Cuando el Beneficiario del Régimen realice la primera exportación de un bien o servicio, o la primera transferencia de un bien o servicio gravado con el IGV, que resulten de la explotación del Proyecto; así como cuando perciban cualquier ingreso gravado con IGV que constituya el sistema de recuperación de las inversiones en el proyecto, incluidos los costos, gastos de operación o el mantenimiento efectuado.
En los Proyectos ejecutados en etapas, tramos o similares, el inicio de operaciones productivas se verificará respecto de cada etapa, tramo o similar, según se haya determinado en el cronograma de inversiones.
BASE LEGAL
PROCEDIMIENTOS PARA EL ACOGIMIENTO AL RERA IGV
Con la publicación del Decreto Legislativo N° 1423 (13.09.2018) que modificó el Decreto Legislativo N° 973, ya no se requiere la suscripción de un Contrato de Inversión con el Estado Peruano para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (RERAIGV), siendo únicamente necesaria la emisión de una Resolución Ministerial que califique a la persona natural o jurídica como beneficiario del mismo.
No obstante, la Disposición Complementaria Transitoria Única del Decreto Legislativo N° 1423 señala que, sus disposiciones son de aplicación a las solicitudes de acogimiento que se presenten a partir de su entrada en vigencia(1); siendo que, en el caso de proyectos cuyas solicitudes se encuentren en trámite o ya hubieran accedido al Régimen; estos continuarán rigiéndose por las normas vigentes con anterioridad a este Decreto Legislativo.
Para solicitar el acceso a este Régimen, podrá seguir alguno de los siguientes procedimientos:
SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV
Una solicitud, utilizando el Formulario contenido en el Anexo A del Reglamento, debidamente fundamentado, dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista. La solicitud tiene carácter de declaración jurada y se deberá anexar lo siguiente:
- Memoria descriptiva del proyecto.
- Cronograma de ejecución propuesto requerido para el proyecto, con la identificación de las etapas, tramos o similares; y, el período de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando la cantidad, volumen y características de dichos conceptos. El cronograma de ejecución propuesto debe encontrarse detallado en forma mensual y ajustados sin decimales. Asimismo, deberá presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
- Copia simple del Contrato Sectorial o autorización del Sector en los casos que correspondan.
- Lista propuesta de bienes de capital y bienes intermedios, indicando la subpartida nacional vigente y su correlación con la Clasificación según Uso o Destino Económico (CUODE) en cada caso, según los códigos que se señalan en el Anexo 1 del Reglamento; así como la lista de servicios y lista de contratos de construcción indicando los Códigos de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) a la que corresponden, según los códigos que se señalan en el Anexo 2 del Reglamento; sustentando de manera expresa que son necesarios y que se encuentran vinculados directamente en la ejecución del Proyecto. Las listas deberán presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel. Para estos efectos, el Ministerio de Economía y Finanzas recomienda revisar las Notas Explicativas de la CIIU Revisión 4.
- Copia legalizada del Testimonio de Escritura Pública de Constitución Social del Solicitante, inscrito ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, en caso de tratarse persona jurídica. En caso de tratarse de un contrato asociativo, debe presentarse copia legalizada notarial del contrato respectivo.
- Copia legalizada del Poder que acredite la capacidad de representación del representante legal del Solicitante para solicitar el acogimiento al Régimen, en los casos que correspondan.
Si se presentan copias fotostáticas de los documentos solicitados, estas deberán ser legalizadas por un Notario Público o certificadas por el Fedatario de PROINVERSIÓN.
FLUJOGRAMA PARA ACCEDER RERAIGV D. Leg. N° 973
Admisibilidad
ProInversión elabora Informes sobre cumplimiento de requisitos
Opinión de Sector competente
Publicación de Resolución Ministerial
MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Las condiciones del Compromiso de Inversión contenidas en la Resolución Ministerial que aprobó la calificación para el goce del Régimen deben ser objeto de modificación cuando se requiera establecer un monto o un lazo mayor al inicialmente comprometido.
DOCUMENTOS A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN
Una solicitud, utilizando el Formulario contenido en el Anexo A del Reglamento, debidamente fundamentado, dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista. La solicitud tiene carácter de declaración jurada y se deberá anexar lo siguiente:
- Cronograma de ejecución propuesto requerido para el Proyecto, con la identificación de las etapas, tramos o similares; y, el período de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, indicando la cantidad, volumen y características de dichos conceptos. El cronograma de ejecución propuesto debe encontrarse detallado en forma mensual y ajustados sin decimales. Asimismo, deberá presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
- Copia simple de la Adenda del Contrato Sectorial o modificación de la autorización del Sector, o de la aceptación del Sector de la causal de fuerza mayor o caso fortuito, o en sus defecto, copia de la correspondiente solicitud de trámite, en los casos que correspondan.
- Poder que acredite la capacidad del representante legal del Beneficiario.
- En aquellos casos en que conjuntamente con la solicitud para la suscripción de la modificación de la Resolución Ministerial se solicite la modificación de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción, se deberá presentar adicionalmente a los documentos antes señalados la nueva lista propuesta de bienes de capital y bienes intermedios, indicando la subpartida nacional vigente y su correlación con la Clasificación según Uso o Destino Económico (CUODE) en cada caso, según los códigos que se señalan en el Anexo 1 del Reglamento; así como la nueva lista de servicios y de contratos de construcción indicando los Códigos de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIUU) a la que corresponden, según los códigos que se señalan en el Anexo 2 del Reglamento; sustentando de manera expresa que son necesarios y que se encuentran vinculados directamente en la ejecución del Proyecto. Las listas deberán presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel. Para estos efectos, el Ministerio de Economía y Finanzas recomienda revisar las Notas Explicativas de la CIUU Revisión 4.
Si se presentan copias fotostáticas de los documentos solicitados, estas deberán ser legalizadas por un Notario Público o certificadas por el Fedatario de PROINVERSIÓN.
RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Admisibilidad
ProInversión elabora Informes sobre cumplimiento de requisitos
Opinión de Sector competente
Publicación de Resolución Ministerial
SOLICITUDES DE SUSCRIPCIÓN DE ADENDA DE CONTRATO DE INVERSIÓN PARA ACOGERSE AL RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV
Los Beneficiarios que hayan accedido al Régimen suscribiendo un Contrato de Inversión, en el marco del Régimen anterior a la entrada en vigencia de las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1423, podrán presentar ante PROINVERSIÓN una solicitud para la suscripción de la Adenda de Modificación de Contrato de Inversión y para la modificación de la Resolución Ministerial que los calificó para el goce del Régimen.
Las solicitudes para la suscripción de Adendas de Modificación de Contratos de Inversión deberán ser presentadas ante PROINVERSIÓN, dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, siendo éste el establecido en el Contrato para el cumplimiento del compromiso de inversión, y, serán tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripción de Contratos de Inversión.
Los efectos de la aprobación de las solicitudes presentadas sobre suscripción de Adendas de Modificación de Contratos de Inversión se retrotraerán a la fecha de presentación de la solicitud o a la fecha de vigencia de la adenda del correspondiente contrato sectorial o modificación de la autorización del Sector, según corresponda, debiendo quedar constancia de ello en la adenda respectiva.
DOCUMENTOS A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN
Una solicitud, utilizando el Formulario contenido en el Anexo A del Reglamento, debidamente fundamentado, dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista. La solicitud tiene carácter de declaración jurada y se deberá anexar lo siguiente:
- Cronograma propuesto de ejecución requerido para el proyecto, con la identificación de las etapas, tramos o similares; así como del período de muestras, pruebas o ensayos (de ser el caso), requerido para la puesta en marcha del proyecto, debiendo especificar la fecha de inicio y culminación, denominación en el proyecto, cantidad, volumen y características del referido período, según corresponda. El cronograma de ejecución propuesto debe encontrarse detallado en forma mensual y ajustados sin decimales. Asimismo, deberá presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
- En los casos que corresponda, copia de la Adenda del Contrato Sectorial o modificación de la autorización del Sector, o de la aceptación del Sector de la causal de fuerza mayor o caso fortuito, o en sus defecto, copia de la correspondiente solicitud en trámite.
- Poder que acredite la capacidad del representante legal del Beneficiario para suscribir la Adenda solicitada.
- En aquellos casos en que conjuntamente con la solicitud para la suscripción de la Adenda de Modificación de Contrato de Inversión y para la modificación de la Resolución Ministerial se solicite ampliación de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción, se deberá presentar adicionalmente a los documentos antes señalados la nueva lista propuesta de bienes de capital y bienes intermedios, indicándose la subpartida nacional vigente y su correlación con la Clasificación según Uso o Destino Económico (CUODE) en cada caso, así como la nueva lista de servicios y lista de contratos de construcción, sustentándose su vinculación con el proyecto. Las listas deberán presentarse en forma impresa y en versión digital en formato Excel.
- Recibo de depósito por S/ 3700.00 por derecho de trámite1. El depósito deberá ser efectuado en el BBVA Banco Continental, en la Cuenta en Nuevos Soles N° 0011-0661-69-0200035423, remitir papeleta de depósito al correo: tesoreria@proinversion.gob.pe. El Código de Cuenta Interbancaria (CCI) es el siguiente: 011-661-000200035423-69.
Si se presentan copias fotostáticas de los documentos solicitados, estas deberán ser legalizadas por un Notario Público o autenticadas por el Fedatario de PROINVERSION.
RÉGIMEN ESPECIAL DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV SOLICITUD DE SUSCRIPCIÓN DE ADENDA DE CONTRATO DE INVERSIÓN
Admisibilidad
Opinión de Sector competente
ProInversión elabora informes y proyecto de Adenda
Revisión de proyecto por interesado
Revisión proyecto por Sector
Suscripción de Adenda
Emisión de Resolución Ministerial
En caso que las copias no estén legalizadas, deberán ser autenticadas por un funcionario de PROINVERSIÓN. Contactarse con la Srta. Roxana Mayanga: rmayanga@proinversion.gob.pe.
DOCUMENTOS
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