Incentivos a la inversión privada

Convenios de Estabilidad Jurídica

Descripción

Los Convenios de Estabilidad Jurídica son instrumentos promotores de inversión, que se materializan a través de la suscripción de contratos firmados con el Estado Peruano, a través de los cuales se estabilizan garantías aplicables a los inversionistas o las empresas receptoras, según corresponda, por el periodo de vigencia de éstos. Dichos convenios sólo pueden ser modificados con el consentimiento de ambas partes.

CARACTERÍSTICAS

Son Contratos Leyes y tienen carácter civil y no administrativo. Se rigen por las normas del Código Civil.

¿QUIÉNES PUEDEN CELEBRARLOS?

Inversionistas Nacionales y/o Extranjeros y las Empresas Receptoras de dichas inversiones.

GARANTÍAS APLICABLES A LOS INVERSIONISTAS

Estabilidad del Régimen del Impuesto a la Renta, del derecho a la no discriminación, de libre disponibilidad de divisas y del derecho de libre remesas de utilidades, dividendos y regalías (aplicable a capitales extranjeros).

GARANTÍAS APLICABLES A LAS EMPRESAS RECEPTORAS

Estabilidad del Régimen del Impuesto a la Renta, de los regímenes de contratación de trabajadores y de los regímenes de promoción de exportaciones, siempre que los utilice la empresa al momento de solicitarlos.

REQUISITOS

Efectuar como mínimo aportes dinerarios canalizados a través del Sistema Financiero Nacional, por un monto no menor a US$ 10 millones, para los sectores de minería e hidrocarburos; y de US$ 5 millones, para las demás actividades económicas.

MODALIDADES

Los aportes pueden realizarse al capital de una empresa establecida o por establecerse, asimismo, pueden efectuarse en inversiones de riesgo que formalicen con terceros, en inversiones en empresas titulares de contratos de concesión y finalmente, en inversiones que requieran adquirir más del 50% de acciones de propiedad de una empresa del Estado, en proceso de privatización.

VIGENCIA

Es de 10 años, salvo para el caso de concesiones cuyo plazo de vigencia se sujeta al plazo de vigencia de la concesión.

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Mediante Tribunales Arbitrales, de acuerdo con la legislación peruana aplicable sobre la materia.

Revisa la lista de convenios suscritos con el estado

Trámite

A través de la suscripción de estos convenios, Estado Peruano otorga garantías de estabilidad jurídica a los inversionistas nacionales y extranjeros, y a las empresas receptoras de inversión, tanto en el caso de constitución de nuevas empresas, así como para la ampliación del capital social de empresas establecidas. La vigencia de los convenios es de 10 años. En el caso de concesiones, el plazo de vigencia del convenio de estabilidad jurídica se extiende por el plazo de vigencia de la concesión.

¿QUÉ PASOS SEGUIR PARA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO?

Inversionista nacional y/o extranjero / empresa receptora

Presentación de solicitud de suscripción de convenio

ProInversión

Aprobación de solicitud en caso los requisitos TUPA estén conformes

Elaboración de proyecto de convenio para conformidad del solicitante

¿Inversionista aprueba proyecto de convenio?

NO
SI


Siguiente paso

Sector*

Si el solicitante es un inversionista extranjero

Si el solicitante es un inversionista nacional o empresa receptora

Recepción de proyecto de convenio y emite opinión

¿Sector opina favorablemente?

NO
SI


Siguiente paso

*Sector: Ministerio cuya competencia directa o indirectamente está vinculada con la actividad económica u objeto social de la empresa receptora de la inversión.

Participantes

Suscripción de convenio

REQUISITOS POR MODALIDAD DE COMPROMISO DE INVERSIÓN POR PARTE DEL INVERSIONISTA

  1. Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 5 millones en cualquier sector de la economía, con excepción de los sectores minería e hidrocarburos.
  2. Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 10 millones en los sectores minería e hidrocarburos.
  3. Efectuar aportes de capital a la empresa beneficiaria de un contrato de concesión, y que establezca en el contrato, como mínimo, los montos establecidos en los numerales 1 o 2, según corresponda.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

DOCUMENTOS

Base legal: Arts. 10, 11 y 13 del D. Leg. N° 662; Capítulo I del Título V del D. Leg. Nº 757; Ley Nº 27342; D.S. N° 162-92-EF; D.S N° 136-97-EF y D.S. N° 033-2000-EF. 2 Conforme al D. Leg. N° 1011, se podrán celebrar Convenios de Estabilidad Jurídica respecto de aportes al capital social efectuados hasta con una anterioridad máxima de 1 año a la fecha de suscripción.

REQUISITOS POR MODALIDAD DE COMPROMISO DE INVERSIÓN POR PARTE DEL INVERSIONISTA:

  1. Que uno de sus accionistas haya suscrito el correspondiente Convenio de Estabilidad Jurídica como Inversionista.
  2. En caso se solicite la estabilidad tributaria, que los aportes a recibir representen un incremento del 50% respecto del monto total de capital y reservas, y sean destinados a incrementar la capacidad productiva o al desarrollo tecnológico de la empresa.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

DOCUMENTOS

Formulario 6

Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. N° 136- 97-EF; D.S. N° 048-98-EF y D.S. N° 033-2000-EF.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

DOCUMENTOS

Formulario 7

Base legal: Art. 12 y sgtes. del D.Leg. Nº 662; Art. 38 y sgtes. del D. Leg. Nº 757; Ley Nº 27342; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. Nº 136-97-EF y D.S. Nº 033-2000-EF. 2 Conforme al D. Leg. N° 1011, se podrán celebrar Convenios de Estabilidad Jurídica respecto de aportes al capital social efectuados hasta con una anterioridad máxima de 1 año a la fecha de suscripción.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

DOCUMENTOS

Formulario 8

Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. 136- 97-EF; D.S. 048-98-EF y D.S. 033-2000-EF.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

DOCUMENTOS

Formulario 9

Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. 136- 97-EF; D.S. 048-98-EF y D.S. 033-2000-EF.

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