Incentivos a la inversión privada
Incentivos a la inversión privada
Incentivos a la inversión privada
Convenios de Estabilidad Jurídica
Descripción
Los Convenios de Estabilidad Jurídica son instrumentos promotores de inversión, que se materializan a través de la suscripción de contratos firmados con el Estado Peruano, a través de los cuales se estabilizan garantías aplicables a los inversionistas o las empresas receptoras, según corresponda, por el periodo de vigencia de éstos. Dichos convenios sólo pueden ser modificados con el consentimiento de ambas partes.
CARACTERÍSTICAS
Son Contratos Leyes y tienen carácter civil y no administrativo. Se rigen por las normas del Código Civil.
¿QUIÉNES PUEDEN CELEBRARLOS?
Inversionistas Nacionales y/o Extranjeros y las Empresas Receptoras de dichas inversiones.
GARANTÍAS APLICABLES A LOS INVERSIONISTAS
Estabilidad del Régimen del Impuesto a la Renta, del derecho a la no discriminación, de libre disponibilidad de divisas y del derecho de libre remesas de utilidades, dividendos y regalías (aplicable a capitales extranjeros).
GARANTÍAS APLICABLES A LAS EMPRESAS RECEPTORAS
Estabilidad del Régimen del Impuesto a la Renta, de los regímenes de contratación de trabajadores y de los regímenes de promoción de exportaciones, siempre que los utilice la empresa al momento de solicitarlos.
REQUISITOS
Efectuar como mínimo aportes dinerarios canalizados a través del Sistema Financiero Nacional, por un monto no menor a US$ 10 millones, para los sectores de minería e hidrocarburos; y de US$ 5 millones, para las demás actividades económicas.
MODALIDADES
Los aportes pueden realizarse al capital de una empresa establecida o por establecerse, asimismo, pueden efectuarse en inversiones de riesgo que formalicen con terceros, en inversiones en empresas titulares de contratos de concesión y finalmente, en inversiones que requieran adquirir más del 50% de acciones de propiedad de una empresa del Estado, en proceso de privatización.
VIGENCIA
Es de 10 años, salvo para el caso de concesiones cuyo plazo de vigencia se sujeta al plazo de vigencia de la concesión.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Mediante Tribunales Arbitrales, de acuerdo con la legislación peruana aplicable sobre la materia.
Base legal
DECRETO LEGISLATIVO Nº 662
02/09/1991
LEYES COMPLEMENTARIAS
--/--/--
DECRETO SUPREMO Nº 148-2008-EF
09/12/2008c1
DECRETO SUPREMO Nº 162-92-EF
12/10/1992
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1011
10/05/2008
Revisa la lista de convenios suscritos con el estado
Trámite
A través de la suscripción de estos convenios, Estado Peruano otorga garantías de estabilidad jurídica a los inversionistas nacionales y extranjeros, y a las empresas receptoras de inversión, tanto en el caso de constitución de nuevas empresas, así como para la ampliación del capital social de empresas establecidas. La vigencia de los convenios es de 10 años. En el caso de concesiones, el plazo de vigencia del convenio de estabilidad jurídica se extiende por el plazo de vigencia de la concesión.
¿QUÉ PASOS SEGUIR PARA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO?
Inversionista nacional y/o extranjero / empresa receptora
Presentación de solicitud de suscripción de convenio
ProInversión
Aprobación de solicitud en caso los requisitos TUPA estén conformes
Elaboración de proyecto de convenio para conformidad del solicitante
¿Inversionista aprueba proyecto de convenio?
NO
SI
Siguiente paso
Sector*
*Sector: Ministerio cuya competencia directa o indirectamente está vinculada con la actividad económica u objeto social de la empresa receptora de la inversión.
Participantes
Suscripción de convenio
Suscripción De Convenios De Estabilidad Jurídica Con Inversionistas Nacionales / Extranjeros
REQUISITOS POR MODALIDAD DE COMPROMISO DE INVERSIÓN POR PARTE DEL INVERSIONISTA
- Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 5 millones en cualquier sector de la economía, con excepción de los sectores minería e hidrocarburos.
- Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 10 millones en los sectores minería e hidrocarburos.
- Efectuar aportes de capital a la empresa beneficiaria de un contrato de concesión, y que establezca en el contrato, como mínimo, los montos establecidos en los numerales 1 o 2, según corresponda.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN
- Formulario 5, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
- Copia simple del Documento de Identidad (para representantes extranjeros).
- Copia legalizada del Testimonio de la Escritura de Constitución Social de la empresa receptora de la inversión, debidamente inscrito ante la SUNARP.
- Extranjero: Documento que acredite la existencia legal del inversionista en su país de domicilio, debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o que cuente con la Apostilla correspondiente.
- Nacional: Copia legalizada del Testimonio de la Escritura Pública de la empresa, debidamente inscrito ante la SUNARP.
- Poder en idioma español donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, o contar con la Apostilla correspondiente.
- Copia simple del Documento de Identidad del representante que suscribirá el Convenio (para representantes extranjeros). Copia legalizada del Testimonio de la Escritura Pública de Constitución Social de la empresa receptora de inversión, debidamente inscrito ante la SUNARP.
- En los casos que el aporte del inversionista se destine a la constitución de la empresa, se deberá presentar copia legalizada de la Minuta de Constitución debidamente ingresada a Notaría.
- Si el inversionista o si su representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN).
- Si el inversionista hubiera efectuado aportes al capital social de la empresa receptora de inversión, antes o durante el proceso de solicitud de suscripción del Convenio2, deberá presentar copia legalizada del Asiento Contable de Capitalización del Libro Diario que acredite dichos aportes (no voucher, ni comprobante). Si el Asiento Contable y la Constancia Bancaria se encontraran insertas en la Escritura Pública de Aumento de Capital, bastará presentar copia legalizada del Testimonio en remplazo de dichos documentos.
En caso que las copias no estén legalizadas, deberán ser autenticadas por un funcionario de PROINVERSIÓN. Contactarse con la Srta. Roxana Mayanga: rmayanga@proinversion.gob.pe.
DOCUMENTOS
Descargar
Base legal: Arts. 10, 11 y 13 del D. Leg. N° 662; Capítulo I del Título V del D. Leg. Nº 757; Ley Nº 27342; D.S. N° 162-92-EF; D.S N° 136-97-EF y D.S. N° 033-2000-EF. 2 Conforme al D. Leg. N° 1011, se podrán celebrar Convenios de Estabilidad Jurídica respecto de aportes al capital social efectuados hasta con una anterioridad máxima de 1 año a la fecha de suscripción.
Suscripción De Convenios De Estabilidad Jurídica Con Empresas Receptoras De Inversión
REQUISITOS POR MODALIDAD DE COMPROMISO DE INVERSIÓN POR PARTE DEL INVERSIONISTA:
- Que uno de sus accionistas haya suscrito el correspondiente Convenio de Estabilidad Jurídica como Inversionista.
- En caso se solicite la estabilidad tributaria, que los aportes a recibir representen un incremento del 50% respecto del monto total de capital y reservas, y sean destinados a incrementar la capacidad productiva o al desarrollo tecnológico de la empresa.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN
- Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista.
- Formulario 6, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
- Copia legalizada del Testimonio de la Escritura de Constitución Social de la empresa receptora de inversión, debidamente inscrito ante la SUNARP.
- Poder donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo.
- Si el representante es extranjero, deberá presentar copia simple del Pasaporte donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN).
- Si el inversionista hubiera efectuado aportes al capital social de la empresa receptora de inversión, antes o durante el proceso de solicitud de suscripción del Convenio2, deberá presentar copia legalizada del Asiento Contable de Capitalización del Libro Diario que acredite dichos aportes (no voucher ni comprobante). Si el Asiento Contable y la Constancia Bancaria se encontraran insertos en la Escritura Pública de Aumento de Capital, bastará presentar copia legalizada del Testimonio en remplazo de dichos documentos.
En caso que las copias no estén legalizadas, deberán ser autenticadas por un funcionario de PROINVERSIÓN. Contactarse con la Srta. Roxana Mayanga: rmayanga@proinversion.gob.pe.
DOCUMENTOS
Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. N° 136- 97-EF; D.S. N° 048-98-EF y D.S. N° 033-2000-EF.
Suscripción De Adenda De Modificación De Convenios De Estabilidad Jurídica
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN
- Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, en la cual se deberá precisar la fecha en que se suscribió el Convenio de Estabilidad Jurídica; así como sustentar debidamente el motivo de la modificación solicitada.
- Formulario 7, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
- Poder en español, donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o contar con la Apostilla correspondiente.
- Poderes en idioma español, donde se acrediten las facultades de los representantes del cedente y la cesionaria para contratar en nombre de los representados, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
- Si el inversionista o si su representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte, donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN).
DOCUMENTOS
Base legal: Art. 12 y sgtes. del D.Leg. Nº 662; Art. 38 y sgtes. del D. Leg. Nº 757; Ley Nº 27342; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. Nº 136-97-EF y D.S. Nº 033-2000-EF. 2 Conforme al D. Leg. N° 1011, se podrán celebrar Convenios de Estabilidad Jurídica respecto de aportes al capital social efectuados hasta con una anterioridad máxima de 1 año a la fecha de suscripción.
Suscripción De Adenda De Cesión De Posición Contractual De Convenios De Estabilidad Jurídica
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN
- Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, en la cual se deberá precisar la fecha en que se suscribió el convenio de estabilidad jurídica.
- Formulario 8, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
- Documento en idioma español, que acredite la existencia legal de la cesionaria en su país de domicilio, o copia legalizada del mismo. Los Documentos otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
- Poderes en idioma español, donde se acrediten las facultades de los representantes del cedente y la cesionaria para contratar en nombre de los representados, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
- Si el inversionista o su representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte, donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización.
DOCUMENTOS
Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. 136- 97-EF; D.S. 048-98-EF y D.S. 033-2000-EF.
Suscripción De Adenda De Convenios De Estabilidad Jurídica Por Fusión O Escisión
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN
- Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, en la cual se deberá precisar la fecha en que se suscribió el convenio de estabilidad jurídica.
- Formulario 9, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
- Si fuera el mismo representante legal del Convenio inicial, deberá presentar Certificado de Vigencia de los Poderes.
- Si fuera nuevo apoderado, deberá presentar Poder donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
- Copia legalizada del Testimonio de Fusión o Escisión según corresponda, inscrito ante el registro correspondiente, o en proceso de inscripción, lo que se acreditará mediante la presentación del parte o título pertinente.
DOCUMENTOS
Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. 136- 97-EF; D.S. 048-98-EF y D.S. 033-2000-EF.