Beneficios

1. Drawback

Es el régimen que permite obtener la devolución de un porcentaje del valor FOB del bien exportado, si el costo de producción del bien aumentó por el pago de los derechos arancelarios que gravan la importación de insumos incorporados o consumidos en la producción del bien exportado. Para gozar de este beneficio se debe contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo y no tener la condición de no hallado o no habido.

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2. Zonas Económicas Especiales (ZEE)

Son espacios ubicados dentro del territorio nacional donde se desarrollan actividades productivas y de servicios, con énfasis en los negocios de comercio exterior.

Las empresas que se instalen en las ZEE gozan de un régimen especial en materia aduanera y tributaria, por un periodo de tiempo determinado. La vigencia de los beneficios, exoneraciones y permanencia de mercancías en las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED) de Ilo, Matarani y Paita se amplían hasta el 31 de diciembre de 2042. En el caso de Zona Franca y comercial de Tacna (ZOFRATACNA), la vigencia de los beneficios se extiende hasta el 31 de diciembre de 2041.

Actualmente, en el Perú existen cuatro Zonas Económicas Especiales en funcionamiento:

  • Zona Franca y comercial Tacna - ZOFRATACNA (Región de Tacna).
  • Zona Especial de Desarrollo Paita - ZED PAITA (Región de Piura).
  • Zona Especial de Desarrollo Ilo - ZED ILO (Región de Moquegua).
  • Zona Especial de Desarrollo Matarani - ZED MATARANI (Región de Arequipa).

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Beneficios Tributarios y aduaneros

  • Exoneración total del Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado (IGV), Impuesto de Promoción Municipal (IPM) y de todo impuesto creado o por crearse a excepción de las aportaciones laborales.
  • Bienes del exterior que ingresen a las ZEE se encuentran exonerados de aranceles e impuestos a la importación en la medida que permanezcan en las ZEE.
  • Las ZEE son puntos de llegada de mercancías.
  • Manufacturas elaboradas en las ZEE pueden acogerse a tratados comerciales suscritos con Perú, cumpliendo los criterios de origen.
  • Permanencia ilimitada dentro de las instalaciones de las ZEE.
  • Simplificación de procesos operativos.

Drawback: El régimen de restitución de derecho arancelarios o Drawback, permite a las empresas productoras-exportadoras recuperar de manera total o parcial lo derechos arancelarios que afectaron la importación de materias primas, insumos, productos intermedios y partes o piezas incorporadas o consumidas en la producción de bienes a ser exportados, siempre que el valor CIF de importación no supere el 50% del valor del valor FOB del producto exportado. La tasa de restitución aplicable equivale al 3% del valor FOB de los productos exportados. 

Zonas Económicas Especiales (ZEE): Son espacios ubicados dentro del territorio nacional donde se desarrollan actividades productivas y de servicios, con énfasis en los negocios de comercio exterior. Las empresas que se instalen en las ZEE gozan de un régimen especial en materia aduanera y tributaria, por un periodo de tiempo determinado. La vigencia de los beneficios, exoneraciones y permanencia de mercancías en las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED) de Ilo, Matarani y Paita se amplían hasta el 31 de diciembre de 2042. En el caso de Zona Franca y comercial de Tacna (ZOFRATACNA), la vigencia de los beneficios se extiende hasta el 31 de diciembre de 2041.

Actualmente, en el Perú existen cuatro Zonas Económicas Especiales en funcionamiento:

  • Zona Franca y comercial Tacna - ZOFRATACNA (Región de Tacna).
  • Zona Especial de Desarrollo Paita - ZED Paita (Región de Piura).
  • Zona Especial de Desarrollo Ilo - ZED Ilo (Región de Moquegua).
  • Zona Especial de Desarrollo Matarani - ZED Matarani (Región de Arequipa).

Se pueden desarrollar las siguientes actividades:

  • Manufactura o producción de mercancías.
  • Agroindustria.
  • Servicios de maquila.
  • Ensamblaje.
  • Actividades logísticas.
  • Actividades de reparación y reacondicionamiento.
  • Telecomunicaciones.
  • Tecnología de la Información.
  • Investigación y desarrollo científico y tecnológico.
  • Desarrollo de infraestructura.

Beneficios Tributarios y aduaneros:

  • Exoneración total del Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado (IGV), Impuesto de Promoción Municipal (IPM) y de todo impuesto creado o por crearse a excepción de las aportaciones laborales.
  • Bienes del exterior que ingresen a las ZEE se encuentran exonerados de aranceles e impuestos a la importación en la medida que permanezcan en las ZEE.
  • Las ZEE son puntos de llegada de mercancías.
  • Manufacturas elaboradas en las ZEE pueden acogerse a tratados comerciales suscritos con Perú, cumpliendo los criterios de origen.
  • Permanencia ilimitada dentro de las instalaciones de las ZEE.
  • Simplificación de procesos operativos.

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