Incentivos

B. INCENTIVOS

Drawback: El régimen de restitución de derecho arancelarios o Drawback, permite a las empresas productoras-exportadoras recuperar de manera total o parcial lo derechos arancelarios que afectaron la importación de materias primas, insumos, productos intermedios y partes o piezas incorporadas o consumidas en la producción de bienes a ser exportados, siempre que el valor CIF de importación no supere el 50% del valor del valor FOB del producto exportado. La tasa de restitución aplicable equivale al 3% del valor FOB de los productos exportados. 

 

Zonas Económicas Especiales (ZEE): Son espacios ubicados dentro del territorio nacional donde se desarrollan actividades productivas y de servicios, con énfasis en los negocios de comercio exterior. Las empresas que se instalen en las ZEE gozan de un régimen especial en materia aduanera y tributaria, por un periodo de tiempo determinado. La vigencia de los beneficios, exoneraciones y permanencia de mercancías en las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED) de Ilo, Matarani y Paita se amplían hasta el 31 de diciembre de 2042. En el caso de Zona Franca y comercial de Tacna (ZOFRATACNA), la vigencia de los beneficios se extiende hasta el 31 de diciembre de 2041.

Actualmente, en el Perú existen cuatro Zonas Económicas Especiales en funcionamiento:

  • Zona Franca y comercial Tacna - ZOFRATACNA (Región de Tacna).
  • Zona Especial de Desarrollo Paita - ZED Paita (Región de Piura).
  • Zona Especial de Desarrollo Ilo - ZED Ilo (Región de Moquegua).
  • Zona Especial de Desarrollo Matarani - ZED Matarani (Región de Arequipa).

Se pueden desarrollar las siguientes actividades:

  • Manufactura o producción de mercancías.
  • Agroindustria.
  • Servicios de maquila.
  • Ensamblaje.
  • Actividades logísticas.
  • Actividades de reparación y reacondicionamiento.
  • Telecomunicaciones.
  • Tecnología de la Información.
  • Investigación y desarrollo científico y tecnológico.
  • Desarrollo de infraestructura.

Beneficios Tributarios y aduaneros:

  • Exoneración total del Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado (IGV), Impuesto de Promoción Municipal (IPM) y de todo impuesto creado o por crearse a excepción de las aportaciones laborales.
  • Bienes del exterior que ingresen a las ZEE se encuentran exonerados de aranceles e impuestos a la importación en la medida que permanezcan en las ZEE.
  • Las ZEE son puntos de llegada de mercancías.
  • Manufacturas elaboradas en las ZEE pueden acogerse a tratados comerciales suscritos con Perú, cumpliendo los criterios de origen.
  • Permanencia ilimitada dentro de las instalaciones de las ZEE.
  • Simplificación de procesos operativos.

Mayor información sobre las ZEE: