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A través de la suscripción de estos convenios, Estado Peruano otorga garantías de estabilidad jurídica a los inversionistas nacionales y extranjeros, y a las empresas receptoras de inversión, tanto en el caso de constitución de nuevas empresas, así como para la ampliación del capital social de empresas establecidas. La vigencia de los convenios es de 10 años. En el caso de concesiones, el plazo de vigencia del convenio de estabilidad jurídica se extiende por el plazo de vigencia de la concesión.

DOCUMENTO FECHA DESCARGA
DECRETO LEGISLATIVO Nº 662 02/09/1991 Descargar
DECRETO LEGISLATIVO Nº 757 - APRUEBAN LEY MARCO PARA EL CRECIMIENTO DE LA INVERSIÓN PRIVADA 13/11/1991 Descargar
DECRETO SUPREMO Nº 162-92-EF 12/10/1992 Descargar
LEYES COMPLEMENTARIAS   Descargar
DECRETO SUPREMO Nº 148-2008-EF 09/12/2008c Descargar
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1011 10/05/2008 Descargar
 

REQUISITOS POR MODALIDAD DE COMPROMISO DE INVERSIÓN POR PARTE DEL INVERSIONISTA

  1. Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 5 millones en cualquier sector de la economía, con excepción de los sectores minería e hidrocarburos.
  2. Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 10 millones en los sectores minería e hidrocarburos.
  3. Efectuar aportes de capital a la empresa beneficiaria de un contrato de concesión, y que establezca en el contrato, como mínimo, los montos establecidos en los numerales 1 o 2, según corresponda.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

  • Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista.
    • Si el Inversionista es persona natural:
      • Formulario 5, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
      • Copia simple del Documento de Identidad (para representantes extranjeros).
      • Copia legalizada del Testimonio de la Escritura de Constitución Social de la empresa receptora de la inversión, debidamente inscrito ante la SUNARP.
    • Si el Inversionista es persona jurídica:
      • Formulario 5, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
  • En caso sea:
    • Extranjero: Documento que acredite la existencia legal del inversionista en su país de domicilio, debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o que cuente con la Apostilla correspondiente.
    • Nacional: Copia legalizada del Testimonio de la Escritura Pública de la empresa, debidamente inscrito ante la SUNARP.
  • Poder en idioma español donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, o contar con la Apostilla correspondiente.
  • Copia simple del Documento de Identidad del representante que suscribirá el Convenio (para representantes extranjeros).
  • Copia legalizada del Testimonio de la Escritura Pública de Constitución Social de la empresa receptora de inversión, debidamente inscrito ante la SUNARP.
  • En los casos que el aporte del inversionista se destine a la constitución de la empresa, se deberá presentar copia legalizada de la Minuta de Constitución debidamente ingresada a Notaría.
  • Si el inversionista o si su representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN).
  • Si el inversionista hubiera efectuado aportes al capital social de la empresa receptora de inversión, antes o durante el proceso de solicitud de suscripción del Convenio2, deberá presentar copia legalizada del Asiento Contable de Capitalización del Libro Diario que acredite dichos aportes (no voucher, ni comprobante). Si el Asiento Contable y la Constancia Bancaria se encontraran insertas en la Escritura Pública de Aumento de Capital, bastará presentar copia legalizada del Testimonio en remplazo de dichos documentos.

En caso que las copias no estén legalizadas, deberán ser autenticadas por un funcionario de PROINVERSIÓN. Contactarse con la Srta. Roxana Mayanga: rmayanga@proinversion.gob.pe.

Descargar Formulario 5
Base legal: Arts. 10, 11 y 13 del D. Leg. N° 662; Capítulo I del Título V del D. Leg. Nº 757; Ley Nº 27342; D.S. N° 162-92-EF; D.S N° 136-97-EF y D.S. N° 033-2000-EF. 2 Conforme al D. Leg. N° 1011, se podrán celebrar Convenios de Estabilidad Jurídica respecto de aportes al capital social efectuados hasta con una anterioridad máxima de 1 año a la fecha de suscripción.

 

REQUISITOS POR MODALIDAD DE COMPROMISO DE INVERSIÓN POR PARTE DEL INVERSIONISTA:

  1. Que uno de sus accionistas haya suscrito el correspondiente Convenio de Estabilidad Jurídica como Inversionista.
  2. En caso se solicite la estabilidad tributaria, que los aportes a recibir representen un incremento del 50% respecto del monto total de capital y reservas, y sean destinados a incrementar la capacidad productiva o al desarrollo tecnológico de la empresa.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

  • Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista.
  • Formulario 6, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
  • Copia legalizada del Testimonio de la Escritura de Constitución Social de la empresa receptora de inversión, debidamente inscrito ante la SUNARP.
  • Poder donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo.
  • Si el representante es extranjero, deberá presentar copia simple del Pasaporte donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN).
  • Si el inversionista hubiera efectuado aportes al capital social de la empresa receptora de inversión, antes o durante el proceso de solicitud de suscripción del Convenio2, deberá presentar copia legalizada del Asiento Contable de Capitalización del Libro Diario que acredite dichos aportes (no voucher ni comprobante). Si el Asiento Contable y la Constancia Bancaria se encontraran insertos en la Escritura Pública de Aumento de Capital, bastará presentar copia legalizada del Testimonio en remplazo de dichos documentos.

En caso que las copias no estén legalizadas, deberán ser autenticadas por un funcionario de PROINVERSIÓN. Contactarse con la Srta. Roxana Mayanga: rmayanga@proinversion.gob.pe.

Descargar Formulario 6
Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. N° 136- 97-EF; D.S. N° 048-98-EF y D.S. N° 033-2000-EF.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

  • Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, en la cual se deberá precisar la fecha en que se suscribió el Convenio de Estabilidad Jurídica; así como sustentar debidamente el motivo de la modificación solicitada.
  • Formulario 7, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
  • Poder en español, donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o contar con la Apostilla correspondiente.
  • Poderes en idioma español, donde se acrediten las facultades de los representantes del cedente y la cesionaria para contratar en nombre de los representados, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
  • Si el inversionista o si su representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte, donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN).
Descargar Formulario 7
Base legal: Art. 12 y sgtes. del D.Leg. Nº 662; Art. 38 y sgtes. del D. Leg. Nº 757; Ley Nº 27342; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. Nº 136-97-EF y D.S. Nº 033-2000-EF. 2 Conforme al D. Leg. N° 1011, se podrán celebrar Convenios de Estabilidad Jurídica respecto de aportes al capital social efectuados hasta con una anterioridad máxima de 1 año a la fecha de suscripción.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

  • Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, en la cual se deberá precisar la fecha en que se suscribió el convenio de estabilidad jurídica.
  • Formulario 8, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
  • Documento en idioma español, que acredite la existencia legal de la cesionaria en su país de domicilio, o copia legalizada del mismo. Los Documentos otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
  • Poderes en idioma español, donde se acrediten las facultades de los representantes del cedente y la cesionaria para contratar en nombre de los representados, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
  • Si el inversionista o su representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte, donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización.
Descargar Formulario 8
Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. 136- 97-EF; D.S. 048-98-EF y D.S. 033-2000-EF.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTE PROINVERSIÓN

  • Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, en la cual se deberá precisar la fecha en que se suscribió el convenio de estabilidad jurídica.
  • Formulario 9, debidamente llenado y refrendado por el representante legal.
  • Si fuera el mismo representante legal del Convenio inicial, deberá presentar Certificado de Vigencia de los Poderes.
  • Si fuera nuevo apoderado, deberá presentar Poder donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o copia legalizada del mismo. Los Poderes otorgados en el exterior deberán estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, o con la Apostilla correspondiente.
  • Copia legalizada del Testimonio de Fusión o Escisión según corresponda, inscrito ante el registro correspondiente, o en proceso de inscripción, lo que se acreditará mediante la presentación del parte o título pertinente.
Descargar Formulario 9
Base legal: D. Leg. Nº 662; D. Leg. Nº 757; D.S. Nº 162-92-EF; D.S. 136- 97-EF; D.S. 048-98-EF y D.S. 033-2000-EF.