Contratación de Personal

I. PRINCIPALES BENEFICIOS Y OBLIGACIONES LABORALES

CONCEPTO BENEFICIOS Y/O OBLIGACIONES
Contrato Laboral

Tiene un periodo de prueba de 3 meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario.

Jornada Laboral

8 horas diarias o 48 horas semanales, como máximo.

Vacaciones

30 días calendario por cada año completo de servicios.

Gratificaciones

02 sueldos al año (Fiestas Patrias y Navidad)

Seguridad Social

Equivale al 9% de la remuneración o ingreso mensual. El empleador será quien deba declararlos y pagarlos mensualmente.

Sistema Nacional de Pensiones (SNP) / Sistema Privado de Pensiones (SPP)

La tasa del SNP es del 13%. La tasa del SPP fluctúa entre 13% y 15%, según AFP elegida.

Asignación Familiar

10% de la Remuneración Mínima Vital vigente en la oportunidad en que corresponda percibir el beneficio.

Compensación por Tiempo de Servcios (CTS)

Equiva 1/12 de la remuneración por cada mes calendario completo de servicios. La fracción se compensa por 1/30.

Participación de los Trabajadores en las Utilidades

Los porcentajes varían entre 10%, 8% y 5%, según actividad económica. Se exceptúan las empresas que no excedan de 20 trabajadores.

Maternidad

49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal.

Paternidad 10 días calendarios consecutivos
Horario Nocturno

Se cargará una sobretasa del 35% de la remuneración mínima mensual vigente a la fecha de pago, como mínimo. La jornada nocturna es entre las 10:00 p.m. y 6:00 a.m.

Despido Arbitrario

La Indemnización es equivalente a 1 1/2 remuneración mensual por cada año completo de servicios con un máximo de 12 remuneraciones. Las fracciones de año se abonan por 1/12 y 1/30, según corresponda.

Jubilación

La edad mínima es de 65 años y la jubilación es obligatoria y automática a los 70 años. Los asegurados también pueden acceder a una pensión de jubilación adelantada (SNP) y a la jubilación anticipada ordinaria (SPP)

 

II. CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS

Régimen aplicable

El régimen de la actividad privada.

Derechos y Beneficios

No menor que los reconocidos a los trabajadores nacionales.

Remuneraciones

No podrá exceder del 30% del total de la planilla.

Porcentajes Limitativos

20% del número total de trabajadores.

Extranjeros excluidos del porcentaje limitativo

El cónyuge, ascendiente o descendiente o hermanos peruanos, aquél con visa de inmigrante, cuando exista convenio de reciprocidad o de doble nacionalidad con el país de origen. Asimismo, está excluido el personal de empresas extranjeras dedicadas al servicio internacional de transporte, terrestre y acuático con bandera y matrícula extranjera, el personal extranjero que labore en empresas de servicios multinacionales o bancos multinacionales, con normas especiales para este aspecto, al personal extranjero que, en virtud de convenios bilaterales o multilaterales, preste sus servicios en el país, y el inversionista extranjero, siempre que mantenga un monto de inversión no menor de 5 UIT (*) durante la vigencia de su contrato.

Exoneración de los porcentajes limitativos

Se aplica al personal profesional o técnico especializado, personal de dirección y/o gerencia de una nueva actividad empresarial o en caso de reconvención empresarial o en caso de personal de empresas del sector público o de empresas privadas que tengan celebrados contratos con organismos, instituciones o empresas del sector público. El personal exceptuado se considera como nacional para el cálculo de los porcentajes limitativos.

 

Plazo de Contrato de Trabajo

El plazo es determinado, por un máximo de 3 años prorrogables por plazos no mayores a 3 años.

Aprobación del Contrato

El Contrato una vez suscrito debe ser aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Calidad Migratoria La Superintendencia Nacional de Migraciones otorgará la Calidad Migratoria y Visas, según corresponda.
(*) UIT vigente para el año 2021 es de S/. 4400